Cohecho
Delito del funcionario que recibe dinero o promesas para hacer, retardar u omitir un acto de sus funciones, y de quien se lo ofrece o entrega.
Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 16 de julio de 2026
El cohecho es el nombre técnico del soborno: el delito del funcionario público que recibe dinero, dádivas o promesas para hacer, retardar u omitir un acto propio de sus funciones. La moneda de cambio puede ser cualquier beneficio, no solo efectivo.
Tiene dos caras: el cohecho pasivo (el funcionario que recibe o acepta) y el cohecho activo (el particular que ofrece o entrega). Los dos son delito: pagar una coima para “destrabar” un trámite también te convierte en autor.
La empresa también responde
Desde la Ley 27.401, las personas jurídicas pueden responder penalmente por hechos de corrupción cometidos en su interés o beneficio: un gerente que paga sobornos puede comprometer a toda la compañía. Ver la responsabilidad penal de la empresa. La frontera con los agasajos y regalos de cortesía se analiza en dádivas y regalos a funcionarios.
El delito completo, sus variantes y defensas: ver cohecho y corrupción de funcionarios.