Glosario penal
Falta de mérito
Resolución provisoria que se dicta cuando no hay prueba suficiente ni para procesar (o acusar) ni para sobreseer. La causa no se cierra: el imputado sigue vinculado, pero sin una imputación firme.
Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 2 de junio de 2026
La falta de mérito es una resolución provisoria que se dicta cuando no hay prueba suficiente ni para procesar (o acusar) ni para sobreseer. Es, en la práctica, un “empate” momentáneo.
Qué significa para vos
- La causa no se cierra: la investigación puede continuar.
- Seguís vinculado al proceso, pero sin una imputación firme en tu contra.
- Si aparece nueva prueba, la situación puede reabrirse o redefinirse.
No es una absolución ni un sobreseimiento: es un estado intermedio y revisable.
En el contexto de las demás resoluciones de la investigación: ver Procesamiento, falta de mérito y sobreseimiento.