Perito de parte
Experto propuesto por la defensa o la querella para participar de las pericias, controlar el procedimiento técnico y emitir una opinión propia.
Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 16 de julio de 2026
El perito de parte es el experto que la defensa (o la querella) propone y designa para intervenir en una pericia: participa de las operaciones técnicas junto al perito oficial, controla el procedimiento y puede emitir su propia opinión, coincidente o discrepante, que se incorpora a la causa.
Por qué conviene tenerlo
La pericia oficial no es infalible ni incontrolable: métodos, muestras, cadena de custodia y conclusiones admiten revisión técnica. Sin un experto propio, la parte queda a ciegas frente al dictamen oficial; con perito de parte, cada paso queda observado y las objeciones se plantean a tiempo, no cuando la pericia ya está consolidada.
Es especialmente valioso en las pruebas complejas: la pericia informática forense, donde el modo de adquirir y preservar la evidencia digital define su validez, y las pericias médicas y psicológicas, donde la metodología del examen condiciona la conclusión. El momento clave es la notificación de la pericia: ahí se decide si se propone perito y qué puntos se piden.
Para el marco general, ver la guía La prueba pericial penal.