Querellante
Víctima (o sus familiares) que se constituye en parte acusadora del proceso penal, con facultades para ofrecer prueba, pedir medidas, controlar la investigación y, según el caso, recurrir.
Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 2 de junio de 2026
El querellante es la víctima (o sus familiares) que se constituye en parte acusadora del proceso penal. A diferencia de quien solo denuncia, el querellante es parte y puede impulsar la causa.
Qué puede hacer
- Ofrecer prueba y pedir medidas.
- Controlar la investigación.
- Según el caso, recurrir las decisiones, incluso de forma autónoma.
Para constituirse necesita patrocinio de un abogado.
Según la jurisdicción
La figura del querellante rige en la justicia nacional/federal y de CABA. En la Provincia de Buenos Aires, la víctima participa como particular damnificado, con facultades algo distintas.
Diferencias prácticas y cómo empezar: ver Denuncia o querella y Querellante o particular damnificado.