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Artículo 189 bis del Código Penal: tenencia y portación de armas

El artículo 189 bis regula los delitos con armas de fuego: tener un arma sin autorización (tenencia) y llevarla lista para usar fuera del domicilio (portación). Qué diferencia hay entre ambas y por qué la portación es más grave.

Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 8 de junio de 2026

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre tenencia y portación?
La tenencia es tener el arma sin la autorización legal; la portación es llevarla cargada y lista para disparar fuera del domicilio. La portación es más grave porque implica un riesgo mayor para terceros.
¿Tener el arma registrada cambia las cosas?
Sí. Buena parte de estos delitos castiga la falta de autorización legal. Contar con la documentación al día y la condición de legítimo usuario suele ser determinante; conviene revisarlo con un abogado.
¿La portación ilegal es excarcelable?
Depende de la calificación y de las circunstancias. Algunas variantes tienen escalas que admiten transitar el proceso en libertad y otras se agravan; se evalúa caso por caso.

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