Cadena de custodia: qué es y por qué su ruptura puede anular la prueba
La cadena de custodia es el registro documentado de cómo se conserva y traslada la evidencia desde el secuestro hasta la pericia. Qué es, qué la rompe y por qué su quiebre puede hacer caer la prueba.
Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 8 de junio de 2026
La cadena de custodia es el registro documentado de cómo se conserva y traslada la evidencia, desde que se secuestra hasta que se perita. Su función es simple pero decisiva: garantizar que lo que se analiza es exactamente lo que se secuestró, sin alteraciones. Cuando ese circuito se rompe, la prueba pierde valor y, en casos serios, puede llegar a anularse.
Qué es la cadena de custodia
Es el conjunto de registros y resguardos que siguen a una evidencia a lo largo del proceso: quién la secuestró, cómo se la identificó y selló, quién la tuvo en cada tramo, cómo se la conservó y cómo llegó al laboratorio o al perito. La idea es que pueda reconstruirse el recorrido completo de la prueba, sin vacíos.
Se aplica sobre todo a la prueba material: drogas, armas, proyectiles, muestras de ADN, ropa, dispositivos electrónicos (ver secuestro de bienes en el glosario).
Para qué sirve
La cadena de custodia protege dos cosas:
- Identidad: que la evidencia analizada sea la misma que se secuestró, y no otra.
- Integridad: que no se haya alterado ni contaminado en el camino.
Sin esas garantías, cualquier dictamen pericial se vuelve dudoso, por más prolijo que sea: si no se sabe si la muestra es la correcta, el resultado no sirve.
Qué rompe la cadena de custodia
Algunos quiebres típicos:
- Saltos o vacíos en los registros: tramos en los que no se sabe quién tuvo la evidencia.
- Faltantes o diferencias de peso, cantidad o características.
- Sellado o identificación deficientes de la muestra.
- Conservación irregular (por ejemplo, condiciones que contaminan una muestra biológica).
- Dudas sobre si la evidencia peritada es la secuestrada.
Por qué su ruptura puede anular la prueba
Cuando la cadena se rompe, ya no puede asegurarse que la prueba sea la misma ni que esté intacta. Eso la vuelve poco confiable y abre la puerta a cuestionarla. En los casos más serios, el quiebre puede llevar a que la prueba se excluya o se declare nula, porque su origen o su integridad están viciados. Lo desarrollamos en nulidades en el proceso penal.
Cómo se controla y se cuestiona
La defensa puede revisar los registros de custodia, pedir las actas y los protocolos, y detectar inconsistencias. Si aparecen, se las plantea para restarle valor a la prueba o pedir su exclusión. Cuando lo que se discute es el dictamen técnico, el camino es cómo impugnar una pericia. En el caso de dispositivos, la custodia se cruza con la pericia informática forense y su validación por hash.
En resumen: la cadena de custodia garantiza que lo peritado es lo secuestrado, sin alteraciones. Si se rompe, la prueba puede perder valor o caer. Es un punto que conviene revisar siempre, y forma parte de toda la lógica de la prueba pericial.
Esta guía es informativa y general. Las exigencias sobre la cadena de custodia dependen del código procesal aplicable y del caso. No promete un resultado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué es la cadena de custodia?
- Es el registro documentado del recorrido de la evidencia: quién la secuestró, cómo se identificó y selló, quién la tuvo en cada momento y cómo se conservó hasta el análisis. Sirve para garantizar que lo que se peritó es exactamente lo que se secuestró, sin alteraciones.
- ¿Qué pasa si se rompe la cadena de custodia?
- Si hay saltos, faltantes o dudas sobre la identidad o la integridad de la evidencia, la prueba pierde confiabilidad y puede ser cuestionada. En casos serios, su quiebre puede llevar a que la prueba se excluya o se declare nula, porque ya no puede asegurarse que sea la misma o que no fue manipulada.
- ¿La cadena de custodia aplica a cualquier prueba?
- Aplica especialmente a la prueba material: drogas, armas, muestras de ADN, dispositivos electrónicos, ropa, proyectiles. En todos esos casos importa demostrar que la evidencia analizada es la secuestrada y que se conservó sin contaminación ni cambios.
Seguí leyendo
- Recursos: cómo apelar una condena penal (apelación, casación y queja) Una condena no es la última palabra: se puede recurrir. Qué diferencia hay entre apelación y casación, cuáles son los plazos (breves y perentorios) y hasta dónde se puede llegar, incluida la Corte Suprema. →
- Sistema acusatorio vs. sistema mixto: qué cambió y dónde rige en 2026 En el sistema acusatorio el fiscal investiga y todo se decide en audiencias orales; en el mixto pesaba más el expediente escrito. CABA y Provincia ya son acusatorias; la justicia federal está en transición por regiones. →
- Artículo 76 bis del Código Penal: la probation El artículo 76 bis regula la suspensión del juicio a prueba (probation): permite frenar el proceso y evitar el juicio cumpliendo condiciones, sin que quede condena. Qué crea la figura, quiénes pueden acceder y dónde profundizar. →
- Cómo funciona el proceso penal en CABA (fuero porteño y fuero Nacional) En CABA conviven la justicia porteña (acusatoria, Ley 2303) y la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional, que todavía juzga la mayoría de los delitos comunes. Quién investiga y qué juzgado interviene. →
Esta guía es de carácter informativo y general; no constituye asesoramiento legal ni reemplaza la consulta con un abogado sobre tu caso concreto.