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Captación no autorizada de ahorro público: cuándo juntar dinero es delito

Captar ahorro del público sin autorización puede ser delito. Cuándo juntar dinero cruza la línea penal y cómo se defiende un emprendimiento financiero.

Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 11 de junio de 2026

Preguntas frecuentes

¿Qué es la captación no autorizada de ahorro público?
Es juntar fondos del público —ofreciendo colocaciones o rendimientos— sin contar con la autorización del organismo competente para esa actividad. Se vincula con la intermediación financiera no autorizada que la Ley 26.733 incorporó al Código Penal (arts. 307 a 310).
¿Por qué hace falta autorización para captar fondos?
Porque captar el ahorro del público es una actividad regulada: el regulador (CNV en el mercado de capitales, BCRA en lo bancario) controla solvencia, transparencia e información para proteger al ahorrista. Hacerlo al margen de ese registro es lo que la ley castiga.
¿Cómo se diferencia de una inversión privada lícita?
La clave está en si hay oferta al público y si la actividad requería autorización. Una operación privada entre partes determinadas no es lo mismo que captar ahorro del público en general. Las escalas y los montos dependen de la normativa vigente.

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