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Cheques sin fondo (art. 302): cuándo es delito y cuándo es un conflicto civil

Librar un cheque sin fondos puede ser delito (art. 302 del Código Penal), pero no todo cheque rechazado es un delito penal. Explicamos qué castiga el art. 302, la diferencia con el reclamo civil de cobro y por qué importa cumplir los requisitos formales.

Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 8 de junio de 2026

Preguntas frecuentes

¿Librar un cheque sin fondo es delito?
Puede serlo. El art. 302 del Código Penal castiga, entre otras conductas, librar un cheque sin tener provisión de fondos y no abonarlo dentro del plazo legal tras el rechazo. Pero no todo cheque rechazado configura el delito: depende de la conducta y del cumplimiento de los requisitos.
¿En qué se diferencia del reclamo civil?
Una cosa es la deuda: quien tiene un cheque impago puede reclamar el cobro por la vía civil o comercial (ejecución del cheque). Otra es el delito del art. 302, que es una cuestión penal. Muchos rechazos de cheque son solo un conflicto de cobro y no un delito.
¿Qué pasa si pago el cheque después del rechazo?
El art. 302 contempla la posibilidad de abonar dentro del plazo legal tras la comunicación del rechazo. Cumplir ese pago en término puede ser determinante para la situación penal. Conviene analizarlo con un abogado de inmediato.

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