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Comercio y transporte de estupefacientes: penas, fuero y agravantes

Vender, entregar o transportar droga son conductas que la Ley 23.737 castiga con penas altas. Cómo funciona el fuero (federal o provincial), cuáles son los agravantes y las claves de la defensa.

Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 8 de junio de 2026

Preguntas frecuentes

¿Transportar droga tiene la misma pena que venderla?
La Ley 23.737 equipara, dentro de la misma figura de comercialización, conductas como vender, entregar, almacenar y transportar con fines de comercio. Las escalas son altas y la pena exacta depende de la calificación, los agravantes y el caso.
¿Qué agravantes existen?
La ley prevé agravantes, por ejemplo cuando interviene una organización o varias personas, cuando hay armas, cuando participa un funcionario, o por la cercanía a establecimientos educativos o la intervención de menores. Elevan la escala penal.
¿Es siempre justicia federal?
La Ley de Estupefacientes es federal, pero varias provincias (como Buenos Aires) asumieron el narcomenudeo por desfederalización. Según dónde ocurra y cómo se califique, la causa puede ir al fuero federal o al provincial.

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