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El cohecho y el soborno a funcionarios, explicado para empresas

Qué es el cohecho activo y pasivo, por qué alcanza al funcionario y al empresario que ofrece o promete, y qué riesgo corre quien contrata con el Estado.

Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 11 de junio de 2026

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre cohecho activo y pasivo?
El cohecho pasivo es el del funcionario que recibe, acepta o exige dinero o una dádiva para hacer, no hacer o retrasar un acto propio de su función. El cohecho activo es el del particular o empresario que ofrece, promete o entrega ese beneficio. Las dos puntas de la operación son punibles.
¿La empresa puede ser imputada por un soborno que pagó un empleado?
Sí. Desde la Ley 27.401, una persona jurídica puede responder penalmente por cohecho cometido en su nombre, interés o beneficio. Por eso conviene revisar la responsabilidad penal de las personas jurídicas y el rol del programa de integridad.
¿Hace falta que el funcionario haya hecho lo prometido?
No necesariamente. La figura suele consumarse con el solo ofrecimiento, promesa o aceptación del beneficio indebido, con independencia de que el acto se llegue a cumplir. La aplicación a un caso concreto debe confirmarla un abogado.

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Esta guía es de carácter informativo y general; no constituye asesoramiento legal ni reemplaza la consulta con un abogado sobre tu caso concreto.