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El derecho a la intimidad en el proceso penal

La intimidad fija límites al poder del Estado sobre la vida privada. Qué protege y por qué avanzar sobre ella exige una orden fundada y proporcional.

Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 12 de junio de 2026

Preguntas frecuentes

¿Qué protege el derecho a la intimidad?
Protege un ámbito de la vida privada reservado a la persona, en el que el Estado no puede entrar sin justificación. Incluye comunicaciones, datos personales y aspectos de la vida íntima que no afectan a terceros, según los arts. 18 y 19 de la Constitución.
¿El Estado puede avanzar sobre la vida privada en una causa?
Puede, pero no de cualquier modo. Para afectar la intimidad necesita una orden judicial fundada y proporcional: que explique qué busca, por qué y dentro de qué límites. Sin esos requisitos, la medida es cuestionable.
¿Qué pasa si se viola la intimidad para obtener una prueba?
La prueba obtenida vulnerando la intimidad puede ser declarada nula y excluida del proceso. La defensa puede plantearlo, y a veces esa exclusión arrastra otras pruebas derivadas, según el caso.

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