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Soborno en el sector privado: qué es, cuándo es delito y cómo se defiende

Pagar o recibir una coima para torcer una decisión empresarial puede ser delito de cohecho privado. Cómo se configura, qué riesgos trae para empresas y claves de defensa.

Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 11 de junio de 2026

Preguntas frecuentes

¿El soborno entre empresas privadas es delito?
Sí. Cuando se ofrece, promete o entrega un beneficio indebido a un director, empleado o representante de otra empresa para que actúe en perjuicio de esta, puede configurarse el cohecho en el sector privado, además de defraudaciones según el caso.
¿Quién puede responder, el que paga o el que recibe?
Pueden responder ambos: quien ofrece o entrega el beneficio indebido y quien lo solicita o acepta. También puede comprometerse la responsabilidad de la persona jurídica involucrada según el marco aplicable.
¿Un regalo o una atención comercial es soborno?
No necesariamente. La cuestión penal aparece cuando el beneficio busca torcer una decisión en perjuicio de la empresa a la que la persona debe lealtad. Distinguir cortesía comercial de soborno depende del contexto, el monto y la finalidad.

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