Estafas virtuales y phishing en Argentina: qué dice la ley, qué penas y cómo se investigan
El phishing y las estafas digitales se persiguen como estafa o como defraudación informática (Ley 26.388, que sumó figuras al Código Penal). Qué modalidades existen, qué penas tienen, en qué fuero tramitan y cómo se prueban.
Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 8 de junio de 2026
El phishing y las estafas virtuales no tienen un tipo penal con ese nombre, pero son delito: se persiguen como estafa o como defraudación informática, a partir de la Ley 26.388, que incorporó los delitos informáticos al Código Penal. La pelea, en estos casos, se da casi siempre en la prueba digital.
Qué son
Son maniobras de engaño por medios digitales para obtener dinero o datos: hacerte creer que hablás con tu banco, con una tienda o con un organismo, para que entregues credenciales o hagas una transferencia.
Qué dice la ley (Ley 26.388)
La Ley 26.388 sumó al Código Penal figuras clave:
- Defraudación informática (art. 173 inc. 16): defraudar mediante la manipulación de un sistema informático o de datos. Es la base de muchas estafas digitales.
- Acceso ilegítimo a un sistema o dato informático (art. 153 bis): entrar sin autorización a un sistema restringido (por ejemplo, a tu home banking).
- Además, la maniobra puede encuadrar en la estafa común (art. 172) cuando hay ardid y perjuicio.
Modalidades más comunes
- Phishing / smishing / vishing: engaño por mail, SMS o llamada.
- Robo de credenciales y operaciones no reconocidas (transferencias, préstamos pedidos a tu nombre).
- SIM swapping (secuestro de tu línea para recibir los códigos).
- Compras o ventas falsas en marketplaces y billeteras virtuales.
Penas y fuero
Por su encuadre (estafa / defraudación informática), las escalas son similares a las de la estafa común; el monto y los agravantes pueden incidir. El fuero depende del caso: interviene la fiscalía especializada (UFECI) o el fuero ordinario (CABA / provincial), según la competencia.
La prueba digital, el corazón del caso
Registros de operaciones, IP, dispositivos, mensajes y peritaje informático con cadena de custodia. Si esa prueba se obtuvo mal, puede atacarse por nulidad.
Según de qué lado estés
- Sos víctima: mirá Me estafaron por internet: qué hacer.
- Te acusan: mirá Me acusan de una estafa virtual o phishing: cómo defenderte.
En resumen: el phishing se persigue como estafa o defraudación informática (Ley 26.388), y todo se juega en la prueba digital y su legalidad. Ver los términos Phishing y Fraude informático.
Importante: la calificación, las escalas y el fuero dependen del caso y de la normativa vigente. Esta guía es orientativa y debe ser confirmada por un abogado.
Preguntas frecuentes
- ¿El phishing es delito en Argentina?
- Sí. Aunque "phishing" no es un tipo penal con ese nombre, la maniobra se persigue como estafa o defraudación informática, y a veces con la figura de acceso ilegítimo a un sistema (Ley 26.388, que reformó el Código Penal).
- ¿Qué pena tiene una estafa virtual?
- Suele encuadrarse en la estafa (art. 172) o la defraudación informática (art. 173 inc. 16), con escalas similares a la estafa común. Los agravantes y el monto pueden incidir. Conviene confirmar la calificación con un abogado.
- ¿Es justicia federal u ordinaria?
- Depende del caso y de la jurisdicción interviniente. Hay una fiscalía federal especializada (UFECI), pero muchas causas tramitan en el fuero ordinario (CABA o provincial). Lo define la competencia según el hecho.
- ¿Cómo se prueban estos delitos?
- Con prueba digital: registros de operaciones, IP, dispositivos, mensajes y un peritaje informático con cadena de custodia. Esa prueba —y su legalidad— es el centro tanto de la acusación como de la defensa.
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Esta guía es de carácter informativo y general; no constituye asesoramiento legal ni reemplaza la consulta con un abogado sobre tu caso concreto.