Centro de Defensa

Estafas virtuales y phishing en Argentina: qué dice la ley, qué penas y cómo se investigan

El phishing y las estafas digitales se persiguen como estafa o como defraudación informática (Ley 26.388, que sumó figuras al Código Penal). Qué modalidades existen, qué penas tienen, en qué fuero tramitan y cómo se prueban.

Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 8 de junio de 2026

Preguntas frecuentes

¿El phishing es delito en Argentina?
Sí. Aunque "phishing" no es un tipo penal con ese nombre, la maniobra se persigue como estafa o defraudación informática, y a veces con la figura de acceso ilegítimo a un sistema (Ley 26.388, que reformó el Código Penal).
¿Qué pena tiene una estafa virtual?
Suele encuadrarse en la estafa (art. 172) o la defraudación informática (art. 173 inc. 16), con escalas similares a la estafa común. Los agravantes y el monto pueden incidir. Conviene confirmar la calificación con un abogado.
¿Es justicia federal u ordinaria?
Depende del caso y de la jurisdicción interviniente. Hay una fiscalía federal especializada (UFECI), pero muchas causas tramitan en el fuero ordinario (CABA o provincial). Lo define la competencia según el hecho.
¿Cómo se prueban estos delitos?
Con prueba digital: registros de operaciones, IP, dispositivos, mensajes y un peritaje informático con cadena de custodia. Esa prueba —y su legalidad— es el centro tanto de la acusación como de la defensa.

Seguí leyendo

Ver todas las guías →

Esta guía es de carácter informativo y general; no constituye asesoramiento legal ni reemplaza la consulta con un abogado sobre tu caso concreto.