Exacciones ilegales y concusión: cuando el funcionario exige
Qué son las exacciones ilegales y la concusión, en qué se diferencian del cohecho y por qué importan al empresario al que le exigen un pago indebido.
Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 11 de junio de 2026
No toda corrupción nace de una coima ofrecida: a veces es el funcionario el que exige. Ahí entran las exacciones ilegales y la concusión, figuras del Código Penal que castigan al funcionario que abusa de su autoridad para hacer pagar lo que no corresponde. Para el empresario, distinguir esto del soborno cambia por completo su rol en la causa: no es lo mismo haber pactado un beneficio que haber cedido ante una presión abusiva.
Qué son las exacciones ilegales
La exacción ilegal es el delito del funcionario que, abusando de su cargo, exige o hace pagar contribuciones, derechos, tasas o dádivas que no corresponden, o que cobra más de lo debido. El reproche está en el abuso de autoridad: usar el poder del cargo para arrancar al particular un pago indebido. El “ofrecimiento” no nace del privado, sino de la exigencia del funcionario.
La concusión: la versión agravada
La concusión es la forma más grave: el funcionario no solo exige de más, sino que convierte en provecho propio o de un tercero lo exigido. Es decir, se queda con lo recaudado indebidamente. La diferencia con la exacción “simple” está en ese apropiamiento de lo exigido.
El terreno fértil de estas figuras suelen ser los trámites con poder de freno: habilitaciones, inspecciones, permisos, controles. Donde un funcionario puede demorar o trabar, aparece la tentación de exigir un pago “para que las cosas avancen”. Para el empresario, reconocer que está frente a una exigencia —y no ante una negociación— es el primer paso para no quedar él mismo en el lugar del imputado.
Por qué importa la diferencia con el cohecho
Acá está la clave para el privado. En el cohecho hay un acuerdo: el particular ofrece y el funcionario acepta, o viceversa. En la exacción, el funcionario exige y el particular paga compelido por el abuso de autoridad. Reconstruir si hubo pacto venal (cohecho) o exigencia abusiva (exacción) puede definir si el empresario es partícipe de un soborno o, en cambio, víctima de una exigencia ilegal. Esa frontera, fina y muy disputada, suele ser el centro de la defensa.
El matiz no es menor para la empresa. Si lo que hubo fue una exigencia que la compañía sufrió, su posición frente a la responsabilidad penal de las personas jurídicas es muy distinta a la del que pactó un soborno: una cosa es ceder ante una presión abusiva y otra muy distinta es haber buscado el beneficio. Cómo se relata —y se prueba— ese origen puede cambiar por completo el resultado.
Dónde se discute y qué hacer
Estas figuras conviven con el resto de los delitos contra la administración pública y, cuando comprometen intereses del Estado nacional, suelen ir al fuero federal, dentro del derecho penal económico. Documentar cómo se originó la exigencia —quién pidió, cómo y con qué presión— es decisivo.
Para el empresario que se siente apretado, la peor reacción suele ser resolverlo por izquierda: ceder al pago “para sacarse el problema de encima”. Esa salida lo expone a quedar, él también, dentro de la causa. La alternativa es registrar y asesorarse: dejar constancia de la exigencia, de las demoras injustificadas, de los contactos, y buscar consejo legal antes de actuar. Lo que parece la salida rápida es, casi siempre, la que más complica.
En resumen: la exacción castiga al funcionario que exige pagos indebidos abusando del cargo; la concusión, cuando además se queda con ellos. A diferencia del cohecho, no hay pacto: hay exigencia.
Contenido informativo sobre derecho penal económico y federal; no es asesoramiento legal y su aplicación a un caso concreto debe confirmarla un abogado. Las escalas y los montos dependen de la normativa vigente.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué son las exacciones ilegales?
- Son el delito del funcionario público que, abusando de su cargo, exige o hace pagar contribuciones, derechos o dádivas que no corresponden, o que cobra de más. El reproche recae en el abuso de autoridad para exigir un pago indebido.
- ¿Qué es la concusión?
- La concusión es una forma agravada de exacción: cuando el funcionario convierte en provecho propio o de un tercero lo que exige indebidamente al particular. Es decir, no solo exige de más, sino que se queda con ello.
- ¿En qué se diferencia del cohecho?
- En el cohecho hay un acuerdo: el particular ofrece u ofrece y el funcionario acepta. En la exacción el funcionario exige, abusando de su autoridad; el particular paga porque se siente compelido, no porque pacte un beneficio. La frontera es fina y conviene analizarla con un abogado.
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Esta guía es de carácter informativo y general; no constituye asesoramiento legal ni reemplaza la consulta con un abogado sobre tu caso concreto.