Centro de Defensa

Fallo Fernández Prieto y Tumbeiro: requisas sin sospecha razonable

En "Fernández Prieto y Tumbeiro" (Corte IDH, 2020) se fijó que requisas y detenciones sin orden ni sospecha razonable violan la Convención Americana.

Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 19 de agosto de 2026

Preguntas frecuentes

¿Qué resolvió la Corte IDH en "Fernández Prieto y Tumbeiro"?
En 2020 la Corte Interamericana resolvió que las requisas y detenciones policiales sin orden ni una sospecha razonable y objetiva violan la Convención Americana, y fijó estándares de control sobre estas medidas. El alcance debe verificarse y confirmarlo un abogado.
¿La policía puede requisar a cualquiera en la vía pública?
No de cualquier modo. El estándar exige una sospecha razonable y objetiva, no una corazonada ni un motivo discriminatorio. Sin orden ni esa base objetiva, la requisa o detención puede ser ilegal.
¿Cómo se usa este estándar en la defensa?
Permite cuestionar requisas y detenciones que no tengan base objetiva y pedir la nulidad de la prueba que de ahí surja. Su aplicación concreta depende de los hechos del caso.

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Esta guía es de carácter informativo y general; no constituye asesoramiento legal ni reemplaza la consulta con un abogado sobre tu caso concreto.