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Fallo "Góngora": por qué la probation no procede, en general, en violencia de género

La Corte sostuvo que la probation no procede, en general, en casos de violencia de género, por los compromisos de la Convención de Belém do Pará.

Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 10 de junio de 2026

Preguntas frecuentes

¿Qué dijo la Corte en "Góngora"?
Que la suspensión del juicio a prueba (probation) no procede, en general, en casos de violencia de género, por los compromisos asumidos por el Estado en la Convención de Belém do Pará, que impone un juicio oportuno.
¿Significa que nunca se puede pedir probation en estos casos?
La doctrina restringe fuertemente su procedencia en casos de violencia de género. Por eso, cada situación debe analizarse con cuidado: no es un terreno donde la probation se conceda de manera automática.
¿Dónde puedo leer más sobre este tema?
Tenemos una guía específica sobre la doctrina Góngora y la probation en violencia de género, que desarrolla el alcance del criterio. La cita del fallo debe verificarse.

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Esta guía es de carácter informativo y general; no constituye asesoramiento legal ni reemplaza la consulta con un abogado sobre tu caso concreto.