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Fallo Montalvo: la Corte convalidó penar la tenencia (criterio luego superado)

En Montalvo (1990) la CSJN convalidó penalizar la tenencia para consumo personal, contra Bazterrica. Ese criterio fue superado por Arriola en 2009.

Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 10 de junio de 2026

Preguntas frecuentes

¿Qué resolvió el fallo Montalvo?
La Corte Suprema, en 1990, convalidó la penalización de la tenencia de estupefacientes para consumo personal, en sentido contrario a lo que había sostenido en Bazterrica (1986). Fue un criterio restrictivo que luego sería superado.
¿Montalvo sigue vigente?
No como criterio actual. El temperamento de Montalvo fue superado por Arriola en 2009, que retomó la línea de Bazterrica y declaró inconstitucional castigar la tenencia para consumo personal en privado sin afectación a terceros.
¿Por qué se estudia Montalvo si fue superado?
Porque permite entender la evolución de la jurisprudencia de la Corte sobre el tema y por qué hoy se invoca Arriola. Conocer el contraste ayuda a sostener la posición actual frente a interpretaciones restrictivas. Debe confirmarlo un abogado.

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