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Incumplimiento de los deberes de asistencia familiar (Ley 13.944): qué es y qué pena tiene

No prestar los medios indispensables de subsistencia a los hijos (o al cónyuge en los casos de la ley) puede ser delito según la Ley 13.944, distinta del reclamo civil de alimentos. Qué exige la ley, qué pena tiene y cómo se defiende cada lado.

Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 8 de junio de 2026

Preguntas frecuentes

¿No pagar la cuota alimentaria es delito?
Puede serlo. La Ley 13.944 castiga a quien se sustrae de prestar los medios indispensables de subsistencia a los hijos (y, en los casos previstos, al cónyuge). Es una figura distinta del reclamo civil de alimentos y requiere un incumplimiento voluntario, no una simple imposibilidad de pagar.
¿Qué pena tiene el incumplimiento de los deberes de asistencia familiar?
Es un delito con pena de prisión de escala baja, en general excarcelable. Lo central no suele ser la pena en sí, sino la presión para que se regularice el incumplimiento. La escala y los agravantes dependen de la redacción vigente y del caso.
¿Hace falta tener primero un juicio civil de alimentos?
No necesariamente. La denuncia penal por Ley 13.944 puede ir en paralelo al reclamo civil. Lo que se discute en lo penal es si hubo una sustracción voluntaria a prestar lo indispensable, no el monto exacto de la cuota.

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