La antijuridicidad y las causas de justificación
Una conducta típica no es antijurídica si está justificada: legítima defensa, estado de necesidad o cumplimiento de un deber (art. 34). Cómo funcionan.
Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 10 de junio de 2026
La antijuridicidad es el segundo filtro de la teoría del delito. Una conducta puede ser típica y, aun así, no ser contraria al derecho si existe una causa de justificación. En ese caso la conducta está permitida y no hay delito.
Qué es
Que una conducta sea típica significa que encaja en la descripción de la ley. Pero el ordenamiento, a veces, autoriza realizar esa conducta en ciertas circunstancias. Ahí aparece la antijuridicidad: se pregunta si el hecho típico fue, además, contrario a derecho. Si estaba justificado, la respuesta es no, y el análisis de la teoría del delito se corta: no se sigue a la culpabilidad.
La diferencia es importante. Una causa de justificación elimina el delito, porque la conducta estaba permitida. No es una mera atenuante: es una autorización del propio derecho.
En qué se apoya
Las principales causas de justificación están en el artículo 34 del Código Penal:
- Legítima defensa: repeler una agresión ilegítima, de forma necesaria y proporcional, sin provocación suficiente de quien se defiende.
- Estado de necesidad justificante: causar un mal menor para evitar otro mayor e inminente que no se podía evitar de otro modo.
- Cumplimiento de un deber o ejercicio legítimo de un derecho, autoridad o cargo: quien actúa dentro de lo que el orden jurídico le manda o le permite.
En todas pesan los límites: si la reacción se excede —por ejemplo, una defensa desproporcionada—, puede no haber justificación plena y aplicarse una pena atenuada. Podés profundizar en legítima defensa y estado de necesidad.
Por qué importa para tu defensa
Plantear bien una causa de justificación puede convertir una imputación grave en una absolución, porque sostiene que el hecho estaba permitido. Es central en casos de violencia donde se discute si hubo defensa frente a una agresión. La clave es reunir prueba desde el inicio sobre la agresión, su carácter ilegítimo y la proporción de la respuesta: ese material es lo que sostiene la justificación.
En resumen: la antijuridicidad pregunta si la conducta típica fue contraria al derecho. Si hay una causa de justificación del art. 34 —legítima defensa, estado de necesidad, cumplimiento de un deber—, la conducta está permitida y no hay delito.
Contenido informativo sobre doctrina penal; no es asesoramiento legal y su aplicación a un caso concreto debe confirmarla un abogado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué es la antijuridicidad?
- Es el segundo filtro de la teoría del delito: una conducta típica además debe ser contraria al derecho. Si existe una causa de justificación, la conducta está permitida y deja de ser antijurídica, por lo que no hay delito.
- ¿Cuáles son las causas de justificación más importantes?
- Las del artículo 34 del Código Penal: la legítima defensa, el estado de necesidad y el cumplimiento de un deber o el ejercicio legítimo de un derecho, autoridad o cargo. Todas permiten una conducta que, en abstracto, sería típica.
- ¿Una conducta justificada deja antecedentes?
- Si se reconoce una causa de justificación, no hubo delito: la conducta estaba permitida por el derecho. No es lo mismo que una excusa que solo atenúa la pena; acá directamente desaparece la responsabilidad penal por el hecho.
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