La empresa acusada de coima: responsabilidad penal y Ley 27.401
Qué pasa cuando una empresa es imputada por una coima: cómo opera la Ley 27.401, qué sanciones arriesga y por qué el compliance puede atenuar o eximir.
Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 11 de junio de 2026
Que una empresa —y no solo una persona— aparezca imputada por una coima dejó de ser una hipótesis: desde la Ley 27.401, la persona jurídica puede ser penalmente responsable por cohecho y figuras conexas. No va presa (no se puede), pero arriesga sanciones propias que pueden golpear de lleno su operación y su acceso a contratos públicos. Para muchas compañías, ese segundo efecto —quedar afuera del mercado estatal— pesa más que la propia multa.
Cuándo responde la empresa
La empresa puede ser imputada cuando la coima se cometió en su nombre, interés o beneficio, con intervención de personas vinculadas a ella —directivos, empleados, intermediarios—. Un punto que sorprende a muchos: no reemplaza la responsabilidad de las personas físicas que actuaron; se suma a ella. Pueden quedar imputados, a la vez, el empleado que pagó, el directivo que avaló y la sociedad.
Conviene además tener presente que la responsabilidad de la empresa puede subsistir aun cuando no se logre identificar o condenar a la persona física concreta que actuó, en las condiciones que prevé la ley. Y que ciertas operaciones —como fusiones o adquisiciones— pueden arrastrar contingencias de una empresa a otra, lo que vuelve clave la debida diligencia antes de comprar o integrar una compañía.
Qué sanciones arriesga
Como la prisión no es una opción para una sociedad, la ley prevé sanciones específicas, entre ellas:
- Multa, calculada en función del beneficio indebido obtenido o buscado.
- Suspensión total o parcial de actividades.
- Suspensión para participar en licitaciones o contratos con el Estado.
- Publicación de la condena y otras consecuencias, como el decomiso del beneficio obtenido.
El alcance concreto depende de la ley vigente y del caso. La multa suele tomar como referencia el beneficio en juego, de modo que cuanto mayor fue la ventaja buscada, mayor es la exposición económica.
El programa de integridad como defensa
El eje defensivo es el programa de integridad (compliance): políticas, controles y procedimientos para prevenir, detectar y corregir irregularidades. La ley contempla que un programa adecuado y anterior al hecho pueda atenuar o, cumpliendo requisitos, eximir de responsabilidad. Por eso importa que sea real y efectivo, no decorativo, y que la empresa pueda acreditarlo. El detalle del régimen está en Responsabilidad penal de las personas jurídicas y, sobre el delito base, en Cohecho y corrupción de funcionarios.
Qué hacer ante la imputación
La respuesta suele combinar investigación interna, evaluación de una eventual colaboración con la justicia y una defensa técnica que separe la conducta individual de la responsabilidad de la persona jurídica. Estas causas tramitan, por lo general, en el fuero federal y son terreno propio del derecho penal económico.
Un punto delicado es que los intereses de la empresa y los de las personas físicas no siempre coinciden. A la sociedad puede convenirle mostrar que el hecho fue obra de un empleado que burló sus controles; a esa persona, en cambio, demostrar que actuó siguiendo instrucciones. Manejar esa tensión sin que una defensa termine perjudicando a la otra, y decidir si conviene colaborar y en qué términos, es una de las decisiones más finas de todo el proceso, y debe tomarse con asesoramiento especializado.
La clave, una vez más, es actuar con cabeza fría y asesoramiento desde el primer movimiento, porque las decisiones tempranas suelen condicionar todo el resto del proceso.
En resumen: una empresa acusada de coima arriesga multas, suspensiones y exclusión de contratos públicos por la Ley 27.401; la responsabilidad se suma a la de las personas físicas, y el compliance previo puede atenuar o eximir.
Contenido informativo sobre derecho penal económico y federal; no es asesoramiento legal y su aplicación a un caso concreto debe confirmarla un abogado. Las escalas y los montos dependen de la normativa vigente.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué le puede pasar a una empresa imputada por coima?
- Como no puede ir presa, arriesga sanciones propias previstas en la Ley 27.401: multa calculada según el beneficio indebido, suspensión total o parcial de actividades, suspensión para contratar con el Estado y, entre otras, la publicación de la condena.
- ¿La empresa responde aunque el pago lo haya hecho un empleado?
- Puede responder si la coima se cometió en su nombre, interés o beneficio, con intervención de personas vinculadas a ella. No reemplaza la responsabilidad de las personas físicas: se suma a ella.
- ¿Sirve haber tenido un programa de integridad?
- Sí. Un programa de integridad adecuado y anterior al hecho es un eje de defensa: puede atenuar o, cumpliendo ciertos requisitos, eximir de responsabilidad a la empresa. Su valor concreto depende de cada caso y debe evaluarlo un abogado.
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Esta guía es de carácter informativo y general; no constituye asesoramiento legal ni reemplaza la consulta con un abogado sobre tu caso concreto.