Allanamiento en las oficinas: cómo actuar paso a paso
Cuando la fuerza pública llega a las oficinas, cada minuto cuenta. Guía práctica para directivos: qué controlar, qué no firmar y cómo proteger la defensa desde el inicio.
Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 11 de junio de 2026
Si están allanando las oficinas, designá a alguien que reciba el procedimiento, pedí la orden judicial, no dejes que nadie declare sobre los hechos y llamá al penalista de inmediato. La actitud correcta no es obstruir: es controlar la legalidad y proteger la defensa. Las primeras decisiones —qué se firma, qué se dice, qué queda asentado— pesan en todo el proceso.
Organizá la respuesta interna
Idealmente, la empresa ya tiene un protocolo: a quién se avisa, quién acompaña a los funcionarios y quién contacta al abogado. Si no lo hay, improvisá con orden: una persona recibe el procedimiento, se identifica, y otra avisa a la defensa. Pedí a tu equipo mantener la calma y no responder consultas sobre los hechos.
Controlá la orden y su alcance
Leé la orden judicial: domicilio, objeto y juzgado. El allanamiento penal, por regla, necesita orden. Si se pretende ingresar a sectores o secuestrar cosas fuera de lo autorizado, dejá constancia escrita de la objeción. Tenés derecho a controlar la legalidad del allanamiento y del secuestro.
No declarar, no firmar a ciegas
Vos y tu personal tienen derecho a no declarar contra sí mismos (art. 18 CN) y a contar con abogado. No firmes reconocimientos ni “aclaraciones” sobre el fondo del asunto. Firmar el acta como recibida no es admitir nada, pero todo lo demás esperá a tu penalista.
Documentá el secuestro y pedí copias
Exigí que cada cosa secuestrada quede en el inventario, asentá las irregularidades y pedí copia de las actuaciones. Identificá si detrás hay AFIP/ARCA, UIF, CNV, Aduana o el fuero federal. Si el caso es de empresa, suele caer en el derecho penal económico y conviene revisar ¿Mi causa es federal u ordinaria?.
En resumen: designá quién recibe, controlá la orden, que nadie declare sin abogado y dejá todo asentado con copia. Controlar la legalidad es la mejor defensa.
Contenido informativo sobre derecho penal económico y federal; no es asesoramiento legal y su aplicación a un caso concreto debe confirmarla un abogado. Las escalas y los montos dependen de la normativa vigente.
Preguntas frecuentes
- ¿Quién debe atender el procedimiento si no está el dueño?
- Quien esté a cargo en ese momento puede recibir el procedimiento, identificarse y llamar al abogado. Conviene que el personal sepa de antemano a quién avisar y que nadie declare sobre los hechos.
- ¿Pueden revisar las computadoras y los mails del personal?
- Pueden secuestrar y revisar lo que la orden autorice y se vincule con la investigación. Por eso es clave controlar el alcance de la orden y dejar constancia de lo que se copia o se lleva.
- ¿Conviene grabar el procedimiento?
- Más que grabar, lo decisivo es dejar constancia escrita en el acta de cualquier irregularidad y pedir copia. Eso es lo que permite luego plantear nulidades con respaldo.
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Esta guía es de carácter informativo y general; no constituye asesoramiento legal ni reemplaza la consulta con un abogado sobre tu caso concreto.