Me denunciaron por no pagar alimentos: qué hacer
Si te denunciaron por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar (Ley 13.944), lo clave es la diferencia entre no poder pagar y no querer. Cómo se prueba la imposibilidad, qué no hacer y por qué conviene regularizar y asesorarte.
Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 8 de junio de 2026
Si te denunciaron por no pagar alimentos (incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, Ley 13.944), lo más importante que tenés que entender es esto: el delito no es deber plata, es sustraerse voluntariamente de prestar lo indispensable pudiendo hacerlo. Por eso la diferencia entre no poder pagar y no querer pagar es, muchas veces, el centro de la defensa.
No poder vs. no querer
La Ley 13.944 castiga la omisión voluntaria de quien podía cumplir. De ahí que:
- Si no querés pagar pudiendo, encuadra en la figura.
- Si no podés pagar por una imposibilidad real, eso puede excluir el delito.
- La simple mora (atraso) no equivale automáticamente al delito.
Para el detalle del tipo penal, mirá Incumplimiento de los deberes de asistencia familiar (Ley 13.944).
Cómo se prueba la imposibilidad
La imposibilidad no se afirma, se demuestra. Suele acreditarse con:
- Ingresos reales (recibos, constancias, situación laboral).
- Cambios de situación: pérdida de trabajo, enfermedad, nuevas cargas familiares.
- Otros gastos ineludibles que impactan tu capacidad de pago.
- Constancias de los pagos que sí hiciste.
Cuanto más ordenada y documentada esté tu situación, más sólida es la defensa.
Qué NO hacer
- No ignorar la denuncia ni faltar a las citaciones.
- No dejar de pagar “para protestar”: refuerza la idea de incumplimiento voluntario.
- No dar explicaciones informales sin asesorarte primero.
- No declarar sin hablar antes con tu abogado. Sobre esto, mirá Declarar o abstenerse en la indagatoria.
Por qué conviene regularizar
Como es un delito que se sostiene mientras dura el incumplimiento, regularizar o retomar pagos serios cambia el panorama:
- Muestra voluntad de cumplir.
- Mejora tu posición en la causa.
- En muchos casos abre la puerta a salidas del proceso.
Hacelo de forma ordenada, dejando constancia de cada pago.
Asesorate cuanto antes
Un abogado te ayuda a ordenar la prueba de tu situación económica, a encarar las citaciones y a decidir cuándo y cómo declarar. Si recién te llega la denuncia, mirá también Qué hacer primero en una causa penal.
En resumen: la denuncia por Ley 13.944 castiga no querer pagar pudiendo, no la simple deuda. Si no podés pagar de verdad, esa imposibilidad puede excluir el delito, pero hay que probarla. No ignores la causa, regularizá lo que puedas y asesorate antes de declarar.
Importante: las escalas, los agravantes y la excarcelabilidad dependen de la redacción vigente del Código Penal y del caso. Esta guía es orientativa y debe ser confirmada por un abogado.
Preguntas frecuentes
- ¿Me pueden meter preso por no pagar la cuota alimentaria?
- Es un delito de pena baja, en general excarcelable, así que la prisión efectiva no es lo habitual. Pero la denuncia abre una causa penal real y conviene tomarla en serio: lo central suele ser regularizar y mostrar tu situación con un abogado.
- ¿Qué pasa si no puedo pagar de verdad?
- La imposibilidad real de cumplir (no la simple mora) puede excluir el delito, porque la Ley 13.944 castiga sustraerse voluntariamente pudiendo pagar. La clave es probar esa imposibilidad con documentación de tus ingresos y de tu situación.
- ¿Conviene empezar a pagar aunque sea algo?
- En general sí: regularizar o hacer pagos serios muestra voluntad de cumplir y mejora tu posición. Pero hacelo de forma ordenada y con asesoramiento, dejando constancia de cada pago.
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Esta guía es de carácter informativo y general; no constituye asesoramiento legal ni reemplaza la consulta con un abogado sobre tu caso concreto.