Me denunciaron por violencia de género: qué hacer (exclusión del hogar y perimetral)
Tras una denuncia suelen dictarse medidas de protección (perimetral, exclusión del hogar). Son cautelares, pero incumplirlas es delito. Qué podés y qué no, y por qué hay que cumplirlas y canalizar todo por tu abogado.
Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 16 de julio de 2026
Tras una denuncia por violencia de género suelen dictarse medidas de protección rápidas —perimetral (prohibición de acercamiento) y exclusión del hogar—. Son cautelares (no una condena), pero incumplirlas es delito. Lo más importante: cumplir la medida y canalizar todo por tu abogado.
Esta guía es informativa y trata el costado práctico con tono respetuoso. No minimiza la violencia de género ni el lugar de las víctimas.
Qué suele pasar al principio
- Una perimetral y/o una exclusión del hogar (sí: pueden excluirte aunque seas el titular o pagues el alquiler).
- Estas medidas suelen dictarse en el fuero civil / de familia, y la investigación penal corre en paralelo.
Es habitual que la notificación llegue de golpe y sin audiencia previa: las medidas de protección se dictan con urgencia, justamente porque su función es prevenir. Que se dicten rápido no significa que sean definitivas: tienen plazos y revisiones, y se discuten por la vía legal.
Lo que NO hay que hacer
- No incumplir la medida (acercarte, volver, contactar): puede ser desobediencia (delito) y derivar en detención. Ver Violencia de género en sede penal.
- No contactar a la otra parte, ni siquiera si ella te escribe.
- No “arreglar” por afuera ni mover pruebas.
- No mandar mensajes por terceros (familiares, amigos en común): también puede leerse como una forma de contacto.
- No ventilar el conflicto en redes: cualquier publicación puede terminar en el expediente y complicarte.
Lo que SÍ conviene hacer
- Cumplir la medida, aunque no estés de acuerdo.
- Conseguir un abogado cuanto antes y discutir la medida por la vía legal.
- Guardar prueba (mensajes, testigos, contexto) y entregársela a tu defensa.
- Leer con tu abogado el alcance exacto de la medida: qué distancia fija, qué lugares abarca, qué formas de contacto prohíbe. Muchos incumplimientos nacen de no haber entendido bien qué estaba prohibido.
Pertenencias e hijos en común
Dos temas prácticos que generan la mayoría de los problemas. Si te excluyeron del hogar y necesitás retirar pertenencias (ropa, documentos, herramientas de trabajo), no vuelvas por tu cuenta: se pide autorización judicial y suele hacerse con presencia policial. Si hay hijos en común, el contacto con ellos no queda librado a arreglos informales: el régimen de comunicación se canaliza por el juzgado, a través de tu abogado. Improvisar en cualquiera de los dos frentes puede transformarse en un incumplimiento de la medida.
Si la denuncia es falsa
No se resuelve incumpliendo ni contactando: se trabaja con prueba dentro del proceso, con tu abogado. La denuncia no es una condena; rige la presunción de inocencia. La estrategia seria consiste en reconstruir el contexto con elementos verificables —mensajes, testigos, registros— y plantearlo ante quien corresponde, no en discutir con la otra parte ni en buscar careos por fuera del expediente.
El rol de la defensa
El abogado hace tres cosas a la vez: discute las medidas (su alcance, su duración, su revisión), te representa en la causa penal que corre en paralelo y ordena tu conducta procesal para que ningún paso tuyo empeore el cuadro. Cada situación nueva —un cruce casual, un mensaje recibido, una necesidad urgente— se resuelve consultando antes de actuar.
En resumen: cumplí la medida, no contactes a nadie (ni por terceros ni por redes) y llamá a un abogado ya. Pertenencias e hijos se gestionan por vía judicial, no por tu cuenta. Incumplir es el error más caro (desobediencia + detención). Para ubicarte en el proceso, Qué hacer primero en una causa penal.
Por la sensibilidad del tema, el encuadre (civil/familia y penal) debe revisarse con un abogado. Esta guía es orientativa y no reemplaza el asesoramiento profesional.
Preguntas frecuentes
- ¿Me pueden sacar de mi propia casa?
- Sí: la exclusión del hogar es una medida de protección que puede dictarse aunque seas el titular o pagues el alquiler. Es cautelar y discutible por la vía legal, pero hay que cumplirla mientras esté vigente.
- ¿Qué pasa si me cruzo a la persona o ella me contacta?
- Aunque el contacto lo inicie la otra parte, acercarte o responder puede interpretarse como incumplimiento de la medida (desobediencia). Todo debe canalizarse a través de tu abogado, no en persona ni por redes.
- ¿La denuncia me convierte en condenado?
- No. Una denuncia inicia un proceso; rige la presunción de inocencia. Pero las medidas de protección se aplican igual mientras se investiga.
Seguí leyendo
- Doctrina Góngora: por qué la probation suele no admitirse en violencia de género La doctrina Góngora de la Corte Suprema interpreta que, en casos de violencia de género, conceder la suspensión del juicio a prueba (probation) puede ser incompatible con el deber del Estado de investigar y sancionar esa violencia. Qué significa para el proceso penal. →
- Falsas denuncias de violencia de género: cómo se ejerce la defensa (con respeto a las víctimas reales) Cuando una denuncia no se corresponde con los hechos, la defensa se construye con prueba dentro del proceso, no incumpliendo medidas ni contactando a la otra parte. Cómo trabajar una estrategia probatoria respetuosa, sin descrédito a las víctimas reales. →
- Incumplimiento de los deberes de asistencia familiar (Ley 13.944): qué es y qué pena tiene No prestar los medios indispensables de subsistencia a los hijos (o al cónyuge en los casos de la ley) puede ser delito según la Ley 13.944, distinta del reclamo civil de alimentos. Qué exige la ley, qué pena tiene y cómo se defiende cada lado. →
- Lesiones agravadas por el vínculo y por género: cuándo sube la pena Las lesiones suben de escala cuando median ciertos vínculos (pareja, familia) o un contexto de violencia de género. Qué circunstancias agravan, cómo impactan en la pena y qué mira la defensa. →
Esta guía es de carácter informativo y general; no constituye asesoramiento legal ni reemplaza la consulta con un abogado sobre tu caso concreto.