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No me pasan la cuota alimentaria: qué hacer (vía civil y vía penal)

Si no te pagan la cuota alimentaria tenés dos caminos que pueden ir en paralelo: el juicio civil de alimentos (fija y ejecuta la cuota) y la denuncia penal por Ley 13.944. Qué documentación reunir y cuándo conviene cada uno.

Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 8 de junio de 2026

Preguntas frecuentes

¿Qué hago si el padre (o la madre) no pasa la cuota alimentaria?
Tenés dos vías que pueden usarse a la vez: la civil (juicio de alimentos para fijar la cuota y ejecutarla con embargos) y la penal (denuncia por Ley 13.944 por sustraerse a prestar lo indispensable). Conviene reunir documentación y asesorarte con un abogado.
¿Puedo hacer la denuncia penal y el juicio civil al mismo tiempo?
Sí. No son excluyentes: la vía civil busca fijar y cobrar la cuota, y la penal busca sancionar y presionar el incumplimiento. Suelen combinarse según el caso.
¿Qué documentación necesito?
Constancias del vínculo (partida de nacimiento, datos del obligado), comprobantes de gastos del menor, prueba de los pagos que sí se hicieron y de los que faltan, y todo dato sobre los ingresos o bienes del obligado.

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Esta guía es de carácter informativo y general; no constituye asesoramiento legal ni reemplaza la consulta con un abogado sobre tu caso concreto.