Allanaron tu empresa: qué hacer en las primeras horas
Si la fuerza pública allana tu empresa, hay decisiones que marcan toda la defensa. Qué exigir, qué controlar en el acta y por qué no declarar sin tu penalista al lado.
Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 11 de junio de 2026
Si están allanando tu empresa, lo primero es no resistir el procedimiento, pedir ver la orden judicial y llamar ya mismo a tu penalista. En las primeras horas se define gran parte de la defensa: lo que se documenta (y lo que no) en el acta puede ser decisivo. Mantené la calma, no declares sin abogado y dejá constancia de todo lo que te parezca irregular.
Exigí ver la orden y controlá su alcance
Pedí que te exhiban la orden judicial y leela: qué juzgado la dispuso, qué domicilio autoriza y qué se busca. El allanamiento penal, por regla, requiere orden. Si el procedimiento excede lo que la orden permite, ese exceso puede atacarse después. Designá a una persona de confianza para acompañar el recorrido y observar qué se inspecciona.
Ejercé tus derechos: no declarar sin abogado
Tenés derecho a no declarar contra vos mismo (art. 18 CN) y a contar con un abogado defensor. Identificate, pero no respondas preguntas sobre los hechos ni firmes explicaciones improvisadas hasta hablar con tu penalista. Una frase dicha “para colaborar” puede convertirse en prueba. Avisá a tu abogado el domicilio exacto y qué organismo interviene.
Controlá el acta y el inventario
Todo lo que se secuestre debe quedar inventariado en el acta: documentación, equipos, dispositivos, dinero. Verificá que el detalle sea fiel, dejá constancia por escrito de cualquier objeción y pedí copia. Un allanamiento o secuestro irregular puede ser atacado por nulidad, pero para eso hace falta haber registrado lo que pasó.
Identificá qué organismo está detrás
Detrás del procedimiento puede haber AFIP/ARCA (tributario), la UIF (lavado), la CNV, Aduana o el fuero federal. Saber el origen orienta la estrategia: no es lo mismo una sospecha tributaria que una de lavado. Si la causa toca temas federales, mirá ¿Mi causa es federal u ordinaria? y considerá el derecho penal económico.
En resumen: no resistas, exigí la orden, no declares sin abogado, controlá el acta y pedí copia. La defensa se construye desde el minuto uno.
Contenido informativo sobre derecho penal económico y federal; no es asesoramiento legal y su aplicación a un caso concreto debe confirmarla un abogado. Las escalas y los montos dependen de la normativa vigente.
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo negarme a que entren?
- Si hay orden judicial de allanamiento, la fuerza pública está habilitada a ingresar. Lo que sí podés y conviene hacer es exigir ver la orden, dejar constancia de irregularidades y llamar de inmediato a tu abogado.
- ¿Tengo que responder lo que me preguntan durante el procedimiento?
- No estás obligado a declarar contra vos mismo (art. 18 CN). Podés identificarte y ejercer tu derecho a no responder hasta hablar con tu abogado defensor.
- ¿Para qué sirve pedir copia del acta?
- El acta documenta qué se secuestró, cómo y en qué condiciones. Tener la copia permite controlar la legalidad del procedimiento y, si hubo vicios, plantear nulidades.
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Esta guía es de carácter informativo y general; no constituye asesoramiento legal ni reemplaza la consulta con un abogado sobre tu caso concreto.