Detuvieron a un directivo de la empresa: qué hacer
Si detienen a un directivo por una causa económica, las primeras horas son decisivas. Cómo ubicarlo, qué derechos invocar y cómo proteger a la persona y a la compañía sin agravar la situación.
Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 11 de junio de 2026
Si detienen a un directivo por una causa económica, las primeras horas definen buena parte de la defensa. Lo urgente es ubicarlo, asegurar que ejerza sus derechos y designar abogado, sin tomar decisiones apresuradas que compliquen a la persona o a la compañía.
Ubicalo y entendé el marco
Lo primero es saber dónde está alojado y por orden de qué juzgado o fiscalía. Averiguá si hay una causa abierta y cuál es la imputación. En delitos económicos suelen intervenir el fuero federal o la justicia Penal Económica, y organismos como AFIP/ARCA, la UIF o la Aduana.
Los derechos que se invocan desde el minuto cero
El directivo detenido tiene derecho a:
- No declarar contra sí mismo (art. 18 CN): puede abstenerse hasta hablar con su abogado.
- Designar defensor de confianza y entrevistarse con él en privado.
- Conocer la causa de la detención y el juzgado interviniente.
- Pedir el control de legalidad de cómo se produjo la medida.
Qué hacer (y qué no) desde la empresa
La compañía puede colaborar con la defensa: designar abogado, ordenar documentación lícita, identificar a las personas que pueden aportar contexto. Lo que nunca corresponde es alterar, destruir u ocultar registros o información: eso no protege a nadie y suma un problema penal nuevo. El camino es ejercer derechos y asesorarse, no obstruir.
Pensá en la libertad y en los pasos siguientes
Según la causa, la defensa evaluará pedidos para recuperar la libertad durante el proceso y revisar la regularidad de los actos. Si la causa toca temas tributarios o aduaneros, conviene definir temprano si es federal u ordinaria, porque eso orienta toda la estrategia, y entender cómo funciona el fuero penal económico.
En resumen: ubicá al directivo y la causa, hacé valer el derecho a no declarar y a un defensor, colaborá con la defensa solo por vías lícitas y definí cuanto antes el fuero y la estrategia de libertad.
Contenido informativo sobre derecho penal económico y federal; no es asesoramiento legal y su aplicación a un caso concreto debe confirmarla un abogado. Las escalas y los montos dependen de la normativa vigente.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué es lo primero que tengo que hacer si detienen a un directivo?
- Contactar de inmediato a un abogado penalista y ubicar dónde está alojado y por orden de qué juzgado o fiscalía. La persona detenida tiene derecho a guardar silencio y a no declarar sin su defensor presente.
- ¿El directivo está obligado a declarar enseguida?
- No. El art. 18 de la Constitución protege contra la autoincriminación: nadie está obligado a declarar contra sí mismo. Puede abstenerse de declarar hasta consultar con su defensor de confianza.
- ¿La empresa puede intervenir para ayudarlo?
- La empresa puede facilitar la defensa designando abogado y reuniendo documentación lícita, pero la defensa penal es individual. Nunca se debe alterar ni ocultar prueba: eso agrava la situación de todos.
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Esta guía es de carácter informativo y general; no constituye asesoramiento legal ni reemplaza la consulta con un abogado sobre tu caso concreto.