¿Qué tenés que hacer para que te acusen de contrabando?
Contrabando: qué conducta encuadra en el delito (ingresar o sacar mercadería eludiendo el control aduanero) y cómo se defiende. Contenido educativo del estudio.
Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 12 de junio de 2026
Para que te acusen de contrabando tenés que ingresar o sacar mercadería del país eludiendo el control que la aduana debe ejercer sobre esas operaciones, mediante un ardid o engaño y con intención de burlar ese control. Tramita en el fuero penal económico o federal.
La conducta que configura el delito
El Código Aduanero castiga impedir o dificultar, mediante ardid o engaño, el control aduanero sobre la importación o exportación de mercadería. No es cualquier irregularidad: es burlar el control —ocultando, simulando, desviando o declarando falsamente— para que la aduana no pueda ejercer su función.
La figura se agrava según el tipo de mercadería (por ejemplo estupefacientes o armas), la intervención de tres o más personas, el rol de funcionarios u otras circunstancias que eleva la escala.
Qué se necesita probar
- La elusión del control aduanero mediante ardid o engaño.
- El dolo: la intención de burlar ese control. Ver dolo y culpa.
- Que la conducta sea delito y no una mera infracción aduanera administrativa.
Cómo se defiende
La defensa discute, en primer lugar, si hubo ardid o si se trata de una infracción aduanera —administrativa— que no llega a delito: esa frontera es decisiva. Atacamos el dolo (errores de clasificación, de valoración o discrepancias técnicas no son contrabando), revisamos el secuestro de mercadería y los procedimientos, y planteamos nulidades cuando la prueba se obtuvo sin orden válida o con vicios. También discutimos la valoración aduanera y la calificación agravada, que muchas veces se relaja. En el estudio litigamos agresivo y agotamos todas las instancias.
Para entender la figura conviene leer qué es el contrabando y, si ya hay causa, qué hacer primero en una causa penal. Más material en la sección de penal económico.
En resumen: contrabando = ingresar o sacar mercadería eludiendo el control aduanero con ardid y dolo. La defensa discute si es delito o infracción, el dolo y la validez de los procedimientos.
Contenido educativo que describe qué conducta configura el delito; no es asesoramiento legal ni una guía para delinquir. Confirmá tu caso con un abogado.
¿Te secuestraron mercadería o te citaron? Escribinos por WhatsApp 24/7.
Preguntas frecuentes
- ¿Toda irregularidad con la aduana es contrabando?
- No. Existen infracciones aduaneras (sanciones administrativas) distintas del delito. El contrabando exige eludir el control aduanero mediante un ardid o engaño, con intención de hacerlo.
- ¿Qué diferencia hay entre contrabando simple y agravado?
- El agravado suma circunstancias como el tipo de mercadería (por ejemplo estupefacientes o armas), la cantidad de personas, o el rol de funcionarios, lo que eleva la escala penal.
- ¿El contrabando es excarcelable?
- Depende de la figura y de la escala que corresponda. En las formas agravadas la situación es más compleja. Hay que analizar el caso concreto para definir la estrategia.
Seguí leyendo
- ¿El contrabando es excarcelable? La libertad en causas aduaneras Si el contrabando admite la libertad durante el proceso depende, sobre todo, de la escala de pena: el contrabando simple es muy distinto del agravado y del de estupefacientes. Cómo funciona la coerción en las causas aduaneras y qué se discute. →
- Contrabando simple y agravado: la figura básica y sus agravantes El contrabando tiene una figura básica (simple) y supuestos agravados que elevan la pena: intervención de varias personas, participación de un funcionario público o el tipo de mercadería involucrada. Cómo se diferencian y qué mira la defensa. →
- Contrabando vs. infracción aduanera: delito penal o simple multa No todo problema con la aduana es contrabando. El Código Aduanero distingue entre el delito de contrabando (causa penal, posible prisión) y las infracciones aduaneras (sanciones administrativas, en general una multa). La diferencia cambia todo. →
- Qué es el contrabando: definición, normativa y fuero El contrabando es burlar el control que la aduana ejerce sobre lo que entra y sale del país. No está en el Código Penal: lo regula el Código Aduanero (Ley 22.415) y tramita en la justicia federal o, en CABA, en el fuero Penal Económico. →
Esta guía es de carácter informativo y general; no constituye asesoramiento legal ni reemplaza la consulta con un abogado sobre tu caso concreto.