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Tenencia con fines de comercialización: qué la distingue del consumo

La tenencia con fines de comercialización (Ley 23.737) tiene penas altas y suele no ser excarcelable. Qué indicios la separan de la tenencia para consumo y cómo se defiende discutiendo la calificación.

Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 8 de junio de 2026

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay con la tenencia para consumo?
La tenencia para consumo personal apunta a un destino propio y, según el fallo "Arriola", en general no se castiga. La tenencia con fines de comercialización supone que la droga estaba destinada a la venta, lo que se infiere de indicios como el fraccionamiento, una balanza o dinero. La pena es mucho más alta.
¿La tenencia con fines de comercialización es excarcelable?
Por la escala penal alta, en general no suele admitir la excarcelación, aunque se analiza caso por caso (prueba, antecedentes, arraigo). Discutir la calificación puede cambiar ese panorama.
¿Qué indicios usan para acusar de comercialización?
Suelen invocarse el fraccionamiento en dosis, balanzas de precisión, dinero en efectivo, anotaciones o registros, y la cantidad. Ninguno es prueba automática: la defensa puede discutir cada uno y su peso.

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