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Trata de personas: qué es, finalidad de explotación y por qué es un delito federal

La trata de personas (arts. 145 bis y ter del Código Penal y Ley 26.364) es captar, trasladar o acoger personas con fines de explotación. El consentimiento de la víctima es irrelevante y tramita en la justicia federal. Qué castiga, cómo se agrava y el lugar de la víctima.

Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 8 de junio de 2026

Preguntas frecuentes

¿La trata de personas es un delito federal?
Sí. La trata de personas (arts. 145 bis y ter del Código Penal, en el marco de la Ley 26.364) se investiga y se juzga en la justicia federal en todo el país, no en el fuero ordinario provincial.
¿Importa si la víctima dio su consentimiento?
No. La ley es expresa: el consentimiento de la víctima no excusa ni elimina la responsabilidad de los autores, partícipes ni beneficiarios. Es uno de los puntos centrales que distingue a la trata de otras figuras.
¿Qué finalidades de explotación abarca?
La explotación puede ser sexual, laboral (trabajo o servicios forzados, servidumbre), reducción a servidumbre, extracción de órganos u otras formas previstas por la ley. La sola finalidad de explotación, aunque no se haya consumado, ya integra el delito.

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