Víctima de violencia de género: tus derechos y las medidas de protección
Si sufrís violencia de género, tenés derecho a denunciar, a pedir medidas de protección (como la perimetral o la exclusión del hogar), a recibir asistencia y a ser tratada con respeto. Una guía orientativa de tus derechos y de cómo acompañarte en el proceso.
Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 8 de junio de 2026
Si sufrís violencia de género, tenés derecho a denunciar, a pedir medidas de protección, a recibir asistencia y a ser tratada con respeto en todo el proceso. Esta guía es orientativa y respetuosa: busca que conozcas tus derechos, no reemplazar la ayuda profesional ni la contención que merecés.
Si estás en peligro inmediato, comunicate con los servicios de emergencia. Existen líneas y organismos de atención gratuitos para acompañarte y orientarte.
Tu derecho a denunciar
Podés denunciar ante la comisaría, la fiscalía o los organismos de atención especializados. Para dar aviso, en general no necesitás abogado. La denuncia abre la puerta a las medidas de protección y a la investigación del hecho.
Las medidas de protección
Entre las medidas más habituales están:
- La prohibición de acercamiento (perimetral).
- La exclusión del hogar del agresor.
Son cautelares: buscan protegerte mientras se investiga, y su incumplimiento puede constituir delito. Qué medida corresponde en tu caso lo evalúa el juzgado. (Desde el otro costado del proceso, el tema se trata en Me denunciaron por violencia de género: qué hacer.)
Tus derechos como víctima
Más allá de la denuncia, tenés derecho a:
- Un trato digno y respetuoso, sin ser revictimizada.
- Recibir asistencia y acompañamiento.
- Ser informada del estado de la causa y ser oída.
Estos ejes se desarrollan en Derechos de la víctima en el proceso penal.
Participar de la causa
Si querés un rol activo en el proceso —ofrecer prueba, impulsar la investigación— podés constituirte en parte: como querellante en la justicia nacional/CABA o particular damnificado en la Provincia de Buenos Aires. La diferencia entre solo denunciar y querellar está en Denuncia o querella, y cómo constituirse, en Ser querellante: cómo constituirse.
Acompañarte importa
No tenés que atravesar esto sola. Apoyate en los organismos de atención, en personas de confianza y, para la causa, en un abogado. Conocer tus derechos te da herramientas; el acompañamiento te da sostén.
En resumen: tenés derecho a denunciar, a medidas de protección, a asistencia y a un trato digno; si querés participar activamente, podés constituirte en parte. Conocé tus derechos en Derechos de la víctima en el proceso penal.
Esta guía es orientativa y respetuosa; no reemplaza la asistencia de los organismos especializados ni el asesoramiento de un abogado. Los procedimientos y las medidas dependen de cada caso y jurisdicción.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué medidas de protección puedo pedir?
- Entre las más habituales están la prohibición de acercamiento (perimetral) y la exclusión del hogar del agresor. Son medidas cautelares que buscan protegerte mientras se investiga; su incumplimiento puede constituir delito. Qué corresponde en tu caso lo evalúa el juzgado.
- ¿Necesito un abogado para denunciar violencia de género?
- Para denunciar, en general no hace falta abogado: podés acudir a la comisaría, la fiscalía o los organismos de atención. Para participar activamente de la causa (constituirte como parte) sí conviene patrocinio. También existen líneas y servicios de asistencia gratuitos.
- ¿Tengo derecho a que me acompañen y me informen?
- Sí. Como víctima tenés derecho a un trato digno y respetuoso, a recibir asistencia, a ser informada del estado de la causa y a ser oída. Existen organismos y líneas de atención específicas para acompañarte en el proceso.
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Esta guía es de carácter informativo y general; no constituye asesoramiento legal ni reemplaza la consulta con un abogado sobre tu caso concreto.