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Agravantes genéricas: cuando la pena de muchos delitos sube

Hay agravantes que no pertenecen a un solo delito, sino que pueden elevar la pena de muchos: el uso de arma de fuego (art. 41 bis) y otras previstas en los arts. 41 ter y 41 quáter. Qué son y cómo aumentan la escala.

Por Grimaldi & Briganti · Revisado por Dr. Nicolás Grimaldi y Dr. Tomás Briganti · Actualizado el 8 de junio de 2026

Preguntas frecuentes

¿Qué es una agravante genérica?
Es una circunstancia que no integra un delito en particular, sino que puede aplicarse a muchos delitos para aumentar su pena. El Código Penal prevé varias en sus arts. 41 bis, 41 ter y 41 quáter.
¿Qué pasa si el delito se comete con un arma de fuego?
El art. 41 bis del Código Penal contempla una agravante para los delitos cometidos con violencia o intimidación mediante el uso de un arma de fuego, que eleva la escala de pena. No se aplica cuando el uso del arma ya forma parte de la figura del delito.
¿La agravante se suma a la pena del delito?
No es una pena aparte: opera sobre la escala del delito, elevando su mínimo y su máximo dentro de los límites que fija la ley. El alcance concreto debe analizarse con un abogado en cada caso.

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